Provinciales

Confirman que Rocha seguirá preso

Compartir:

28-08-2017 | JUDICIALES | RECONQUISTA
Confirman que Rocha seguirá preso

La Cámara de Apelaciones confirmó la Sentencia de Primera Instancia de Hugo Rocha, rechazando la apelación efectuada por la Fiscalía.

El tribunal lo había condenado a la pena de 4 años de prisión de efectivo cumplimiento por haber matado con 5 balazos a su compañero de trabajo Juan Acevedo, en una granja de cerdos de Avellaneda.

Así lo resolvieron los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de la ciudad de Vera, Sebastian Creus, Mario Balestieri y Carlos Renna:

ROCHA, HUGO ROBERTO S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, ETC – APELACIÓN SENTENCIA CONDENATORIA

En la ciudad de Vera, a los 23 días del mes de Agosto de 2017 en la carpeta judicial. . . se reúne la Cámara en lo Penal de Vera integrada por los Dres. Carlos Damián Renna, Mario Enrique Balestieri y Sebastián Creus a los fines de decidir en apelación. . . Estudiados los autos se resolvió plantear las siguientes cuestiones:

1) Es justa la sentencia apelada?

2) Que pronunciamiento corresponde dictar en definitiva?

A la primer cuestión el Dr. Renna dijo: . . . Los Dres. Balestieri y Creus compartiendo el razonamiento esgrimido por el vocal preopinante votan en igual sentido.-

A la segunda cuestión el Dr. Renna dijo: . . . Los Dres. Balestieri y Creus compartiendo el razonamiento esgrimido por el vocal preopinante votan en igual sentido.

Por todo ello, el Tribunal Pluripersonal de alzada de la 4ta. Circunscripción Judicial, resuelve:

1) Rechazar el planteo de apelación de la Fiscalía en representación del MPA contra la sentencia de fecha 18/12/2015, y confirmar la condena contra HUGO ROBERTO ROCHA, a la pena de cuatro años de prisión, de efectivo cumplimiento, e inhabilitación para le tenencia de armas de fuego de cualquier tipo por el término de ocho años, como autor penalmente responsable del delito de HOMICIDIO SIMPLE cometido en exceso de legítima defensa, con más accesorias y costas (arts. 29, 23, 40, 41, 45 y 79 , 35 y 84 del Cód. Penal).

2) Agréguese el original, protocolícese copia, hágase saber". Fdo.: Dr. Carlos Damián Renna: Juez de Cámara Penal. Dr. Mario Balestieri: Juez de Cámara Penal. Dr. Sebastián Creus: Juez de Cámara Penal.

Fuente: Sin Mordaza

Imprimir

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba