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Dictaron un cronograma obligatorio de taxis para el fin de semana

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La Secretaría de Movilidad de la Municipalidad de Rosario resolvió, dictar un cronograma obligatorio para garantizar la prestación de taxis en la ciudad los fines de semana y feriados, en el marco de la reapertura de actividades y ante el faltante de unidades durante los días de mayor demanda, algo que quedó en evidencida las últimas semanas.

Estas medidas intentarán disponer un nuevo flujo en la oferta de los taxis en la ciudad. Según datos del Sindicato de Peones de Taxis, las licencias siguen siendo 4 mil aunque se calcula que el 25 por ciento no está circulando. Incluso, la Municipalidad realizó un relevamiento e intimó a 800 titulares de licencias que no cumplen con la obligación de tener el coche en la calle la cantidad de horas correspondientes. Ahora tienen un plazo para realizar la adaptación, y si no lo hacen procederán a aplicarles sanciones.

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Según la normativa dispuesta por la cartera que agrupa a los servicios públicos, “la reapertura de actividades que se viene produciendo en la ciudad” por los buenos índices sanitarios “conlleva una mayor presencia y circulación de la población en la vía pública y, por ende, un aumento en la demanda del servicio de taxis”.

“En este marco, corresponde adoptar medidas excepcionales y complementarias tendientes a garantizar el cumplimiento de la normativa vigente; principalmente en aquellos días que se registra una mayor necesidad de presencia de unidades habilitadas para el servicio, siendo éstos los fines de semana y feriados”, agrega los considerandos de la resolución.

Emulando el formato de los cronogramas que se disponen para fechas especiales, como las fiestas de fin de año, la Secretaría de Movilidad dispuso la obligatoriedad de la prestación del servicio para los taxis habilitados durante octubre según el siguiente esquema:

Licencias de taxis desde la sigla RA-0001 al RA-0982 inclusive:

Viernes 1/10, 15/10 y 29/10, de 19 a 3 del sábado.

Domingos 10/10, 24/10 y 31/10, de 11 a 19.

Licencias de taxis desde la sigla RA-0983 al RA-1.968 inclusive:

Sábados 2/10, 16/10 y 30/10, de 11 a 19.

Sábados 9/10 y 23/10, de 19 a 3 del domingo.

Licencias de taxis desde la sigla RA-1969 al RA-2.955 inclusive:

Sábados 2/10, 16/10 y 30/10, de 19 a 3 del domingo.

Sábados 9/10 y 23/10, de 11 a 19.

Lunes 11/10, de 11 a 19.

Licencias de taxis desde la sigla RA-2956 al RA-4.085 inclusive:

Domingos 3/10 y 17/10, de 11 a 19.

Viernes 8/10 y 22/10, de 19 a 3 del sábado.

Lunes 11/10, de 19 a 0.

A su vez, la resolución indica que las licencias que se encuentren enmarcadas en la ordenanza 8.099 deberán prestar el servicio las 24 horas del día, mientras que las licencias que cuenten con un régimen de prestación del servicio de ocho horas diarias, deberán ajustarse según la terminación de sus licencias

Es así que las licencias terminadas en número par deberán prestar servicios los sábados 2, 16 y 30 de octubre, de 19 a 3 del domingo; mientras que las unidades que terminen en número impar trabajarán los sábados 9 y 23 de octubre, de 19 a 3 del domingo.

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