El amparo contra la reforma de Mayoraz fue rechazado
Luego de casi un mes de su presentación, la Justicia rechazó el amparo que presentó el diputado nacional de La Libertad Avanza y, por ahora, candidato a convencional constituyente, Nicolás Mayoraz. El legislador libertario había reclamado en Tribunales la nulidad de la ley que declara la necesidad de la reforma de la Constitución de la Provincia de Santa Fe.
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Sobre el amparo
El amparo fue presentado en Tribunales por el presidente del Partido Vida y Familia, Carlos Scalzotto aunque el ideólogo del recurso judicial había sido Mayoraz. En el documento, solicitaron que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2 (parcial), 5, 6 (parcial) y 9 (parcial) de la ley 14.384 que dicta la Necesidad de la Reforma de la Constitución de la Provincia de Santa Fe. En rigor, cuestionan la división, en los comicios, de convencionales por sistema proporcional, por un lado, y por circunscripción uninominal, por otro.
Ese formato es el que se aplica en las elecciones a diputados y senadores provinciales. 50 legisladores de la Cámara Baja a través del sistema proporcional y 19 miembros de la Cámara Alta a través de la representación departamental. El documento planteó que la aplicación de este formato a la elección de convencionales reúne contradicciones en la norma sancionada recientemente, además de plantear que esa modalidad perjudicaría a los frentes políticos con menor representación política.
En tal sentido, exigieron que se anulen los efectos de los artículos criticados ya que constituirían "un acto de autoridad pública que de forma inminente lesiona y restringe con ilegalidad manifiesta derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional".
Rechazo
El juez Ezequiel Zabale resolvió "rechazar la excepción de falta de legitimación activa", planteada en el amparo de Mayoraz, así como "la medida cautelar solicitada" por el diputado nacional libertario.
De esta manera, el planteo principal respecto a la modalidad de la elección: sin Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O) y la división de 50 convencionales electos de manera proporcional como de 19 de manera uninominal fueron descartados, además de los demás puntos del amparo.
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