El crimen de Jonatan Herrera: un «imprudente procedimiento» policial

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30-04-2017 | JUDICIALES | ROSARIO
El crimen de Jonatan Herrera: un "imprudente procedimiento" policial

Para los jueces que condenaron a cuatro efectivos de la PAT no hubo capacidad profesional para preservar la escena criminal.

Una escena criminal por demás contaminada que impidió colectar pruebas para deslindar responsabilidades con total certeza es el argumento principal de la sentencia del juicio por el homicidio de Jonatan Herrera, baleado el 4 de enero de 2015. Según el fallo de los jueces Juan Carlos Curto, Rodolfo Zvala y Juan José Alarcón, el crimen del joven alcanzado por disparos policiales en un presunto tiroteo con un ladrón, fue producto de un "imprudente y nada profesional" procedimiento que tuvo su máxima expresión en la imposibilidad de preservar las pruebas de lo ocurrido. Al punto tal que uno de los magistrados se pregunta si la escena, más que "contaminada", no estuvo "armada". Sin embargo, para el tribunal no se demostró que hayan tenido intención de matarlo.

Entre cuestionamientos a policías e investigadores, los jueces dejaron un claro concepto: "La dolorosa muerte de Herrera no encontraría consuelo ni reparación con la emisión de una condena contra aquellos cuya culpabilidad no esté acabadamente demostrada, porque eso sólo consolidaría una nueva injusticia".

Lo que pasó

El 4 de enero de 2015, a las 15.15, Jonatan Herrera lavaba su Volkswagen Gol frente a su casa de pasaje Villar y Ayacucho junto a un primo y un hermano. Entonces apareció corriendo y con un revólver en sus manos Brian Vespucio, quien era perseguido por la camioneta Nº 5035 del Comando Radioeléctrico como sospechoso de haber robado una juguetería de la zona. Antes de llegar al cruce mencionado, los policías Miguel Iturres, Milagros Rodríguez y Gladys Galindo bajaron de ese móvil y le dispararon. Al mismo tiempo, los agentes de la Policía de Acción Táctica (PAT) Ramiro Rosales, Francisco Rodríguez, Luis Sosa y Alejandro Gálvez, con escasa y reciente instrucción, bajaron de un colectivo de la línea 133 en el que iban otros diez agentes y se sumaron a los tiros.

Vespucio y Jonatan recibieron tres balazos cada uno. El ladrón (condenado a 6 años por el atraco) fue detenido. Herrera, de 22 años y padre de un bebé, moriría horas después por dos impactos: uno en el cráneo y otro en el abdomen. También fue herido en una pierna el agente de la PAT Fabricio Jazmín.

Cinco de los nueve policías que abrieron fuego esa tarde fueron llevados a juicio. Rodríguez, Sosa y Gálvez, por haber intentado matar a Herrera. A Rosales se le atribuyó el crimen tras comprobarse que la bala hallada en el abdomen de la víctima fue disparada por él. Y 18 meses después fue imputada Galindo por el balazo en la cabeza.

El juicio comenzó en febrero y el pasado jueves 5 de abril el tribunal se expidió: absolvió a Galindo por falta de pruebas, condenó a Rosales a 6 años y medio de cárcel por homicidio culposo y sentenció a Rodríguez, Sosa y Gálvez a 3 años y medio por abuso de armas agravado. Con sus expectativas en penas altas, la familia de Jonatan sintió el fallo como un segundo asesinato.

Dudas y certezas

Al emitir su voto, el juez Curto distinguió entre lo comprobado y lo no esclarecido en el debate. De lo primero, "quedaron hechos acreditados porque nadie los puso en duda" y porque fueron respaldados por pruebas. Por ejemplo, y en contra lo postulado por fiscales y querellantes, sostuvo que "se trató de una sola secuencia" en la que hubo disparos, se detuvo a Vespucio y mataron a Jonatan.

Otro elemento que para Curto quedó demostrado es que el disparo de Rosales fue mortal para Jonatan. Si bien la defensa del policía sostuvo que la herida en la arteria hipogástrica no le hizo perder sangre como para causarle la muerte, el juez avaló al forense Raúl Rodríguez sobre la letalidad de la lesión.

Tras ello, Curto se refirió a que la escena del hecho estuvo contaminada, según se ve en los 8 minutos de filmación de un domo ubicado en el lugar (ver página 39). "Muchas veces escuchamos sobre la falta de preservación del lugar de los hechos en investigaciones policiales. Pero pocas veces nos encontramos ante una imagen como la que se proyectó en la audiencia y que da plena razón a las defensas", sostuvo. Y criticó: "Ante estos planteos, los acusadores hicieron poco menos que tapar el sol con las manos".

La contaminación de la escena, según Curto, derriba la teoría de la Fiscalía, que entre sus pruebas presentó una reconstrucción de los hechos del perito José Speranza a partir de 12 vainas servidas levantadas en una escena donde se hicieron 53 disparos (ver infografía). Precisamente, entre las cuestiones "carentes de certeza", Curto se preguntó: "¿Cuántos disparos hizo cada uno de los policías?" Y aseguró "con gran decepción" que no coinciden en absoluto.

Así, el juez pregunta si la escena "además de contaminada, no estuvo armada" para simular una respuesta policial "moderada" que enmascare un procedimiento negligente ya que ni siquiera se puede dar por probado que el ladrón haya disparado. Y si lo hizo, calculó, fue sólo una vez según el revólver calibre 22 que le incautaron a Vespucio. "Demasiados disparos para una sola bala", dijo el juez poco convencido de un "enfrentamiento armado".

"El punto no es irrelevante, pues los nueve policías (5 del Comando y 4 de la PAT) que dispararon adujeron haberlo hecho en respuesta a un disparo de Vespucio, y en este sentido es claro que una bala no es divisible por nueve". Además, para el tribunal no se probó la intención homicida de quienes dispararon. Pruebas y testigos sitúan a los acusados disparando pero "nada aportan para dilucidar la intención de querer matar a Herrera". Sólo el testimonio de Speranza, dice el juez, aportaría a la intención homicida de Galindo, "pero esa prueba no es eficaz".

Conductas

Respecto de la conducta de cada acusado, el fallo recuerda que la agente Galindo fue acusada a partir de la trayectoria del disparo que ingresó en el cráneo de Jonatan según tres elementos: una vaina, una bala que no se pudo determinar de qué arma partió y un hueco en una pared, todo relacionado en la reconstrucción virtual de Speranza. Pericia que Curto cuestionó con dureza ya que "el propio Speranza aclara en su testimonio que se trata de una especulación" en la cual la ubicación de Jonatan no coincide con los testimonios y la "contaminación de la escena lleva a concluir lo relativo de sus afirmaciones".

Así, lo importante para el juez es que "no se pudo determinar" si la bala adjudicada al arma de Galindo partió de su arma y si es la que impactó en la cabeza de Herrera. "Probabilidades, posibilidades, sospecha, pero ninguna certeza. Por ende la decisión sobre Galindo sólo puede ser absolutoria desde que los acusadores no probaron la conducta que le reprocharon".

Sobre los agentes de PAT, el juez desgranó varias razones por las cuales no debían disparar como lo hicieron. La primera es que al

Para el juez Juan Carlos Curto la escena del crimen fue armada para simular una respuesta policial moderada llegar no sabían qué pasaba. "No podían desconocer que el lugar estaba lleno de terceros cuyas vidas debían defender y no poner en peligro al iniciar una balacera", dijo al comparar la actitud de los acusados con la de diez PAT que no bajaron del colectivo y tuvieron "una actitud prudente".

Y como, en caso de que Vespucio haya disparado, no lo hizo hacia los agentes de PAT, Curto concluyó: "No hubo peligro ni cumplimiento del deber, sólo voluntad de disparar en forma indiscriminada cuando ninguna razón les permitía tal conducta". Por eso para el juez es aplicable el delito doloso de abuso de armas.

En ese marco, y por estar comprobado que disparó una de las balas que mató a Herrera, Curto atribuyó a Rosales el homicidio culposo agravado por el uso de armas. Para el juez, las pruebas demuestran que el PAT "bajó del colectivo con intenciones de disparar" y que mintió al decir que no vio a Herrera, lo cual "se suma a sus mendaces afirmaciones sobre cuántos disparos hizo, cuántas vainas juntó y no haberse quedado con ninguna de ellas".

Para mensurar la pena impuesta al policía ponderó, además del daño causado a un joven trabajador y a su familia, el "gran desprecio por la vida ajena, no sólo de la víctima sino de muchas personas a quienes puso en riesgo a partir de una acción irresponsable e injustificable". Y también computó la "falta de arrepentimiento" del agente.

Para los otros tres PAT Curto propuso una pena de 3 años y medio por abuso de armas, a lo cual adhirió su par Alarcón con la disidencia parcial de Zvala, para quien Sosa y Gálvez no merecen el mismo reproche porque no se comprobó que hayan disparado hacia Herrera. Y como consideró que estaban habilitados para disparar, votó por absolver por falta de pruebas a estos dos agentes.

Desastroso

Un detalle que habla de la complejidad del caso es que los otros dos jueces del tribunal, más allá de adherir en casi todos los aspectos al voto del primero, también se explayaron en sus consideraciones. "En la dolorosa e injustificada muerte de Jonatan intervino causalmente un desprolijo y para nada profesional procedimiento de las fuerzas de seguridad de esta provincia", sostuvo Alarcón, quien al igual que Curto remarcó la falta de certidumbre para condenar a Galindo y cuestionó el proceder de Rosales.

Zvala también fustigó "el desastroso obrar policial" por su desempeño "nada profesional". Y cuestionó la capacitación de los agentes "que fueron promovidos con escasos 6 o 7 meses de cursado por el apuro del gobierno de poner más policías en la calle para responder a demandas de seguridad".

Fuente: Sin Mordaza – La Capital

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