21-12-2017 | NACIONALES | CADENA OH!
Rodenas: "Los jubilados tienen tiempo de presentar los amparos"
Alejandra Rodenas, diputada nacional, explicó cuáles son los recursos judiciales con los que cuentan los jubilados a partir de la reforma previsional.
Alejandra Rodenas
Cargando audio…
“El único remedio posible por el momento una vez que la ley sea promulgada, que entre en vigencia, es la interposición de un amparo. Cuando uno tiene una buena idea, por suerte, esa idea es tomada por el resto. Nosotros ya teníamos una impresión de que esta ley no iba a contar con los votos suficiente para ser rechazada, entonces si no había otra posibilidad, además de que mi voluntad política que fue decir no a la reforma previsional, había que pensar cuál es el remedio que le queda a la sociedad para frenar esto” explicó Rodenas para Cadena Oh!
“En constitucionalidad es una herramienta que le queda a los jubilados, porque no hay nada más regresiva de una norma que implica la pérdida del poder adquisitivo”.
Las causas
Ante la pregunta de cómo se establecería la absorción de todas las causas que puedan presentarse contra la reforma previsional, pedido que se le hizo a la justicia, Rodenas aclaró “el domicilio del que reclama es el que fija el domicilio del amparo. Cada jubilado reclama, es justicia federal, con lo cual los jubilados de Santa Fe tendrán que ir al juzgado federal de sus domicilios. Hay algo que no se puede hacer que es prorrogar las competencias, la competencia es de los jueces federales de primera instancia que intervienen partiendo del domicilio de quienes presentan el amparo”.
“Lo que marcan las reglas de competencias es claro, el jubilado tiene que concurrir, se puede dar que lo que se le sugieran a los jubilados es que adhieran a un amparo ya realizado. Pero el domicilio es la base, porque se tiene que partir de ahí” afirmó.
Soluciones
“Hay que llevar tranquilidad a los jubilados, no necesitan salir corriendo mañana, vamos a tratar de darles calma a los jubilados. A punto de partida de que se viola una ley, y se viola la garantía de constitucionalidad de esa ley, que yo creo que es una violación palmaria del estado de derecho también, los jubilados tienen tiempo, tienen que esperar que la norma adquiera vigencia que si no está publicada es a partir del octavo día, y después presentar los amparos en forma individual o colectiva” finalizó.
Fuente: SM